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Regulaciones fiscales internacionales que toda empresa chilena debe conocer

Conoce las regulaciones fiscales internacionales que debes tener en cuanto al internacionalizar tu empresa desde Chile.

Regulatorio
Legal
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Comprender y adaptarse a las regulaciones tributarias internacionales es clave para toda empresa chilena que quiera expandirse. Cada país posee un sistema tributario único, con impuestos específicos, tasas y plazos de declaración que pueden diferir significativamente de los de Chile. Por tanto, un conocimiento profundo de los impuestos a las empresas te permitirá cumplir con tus obligaciones tributarias (tanto nacionales como internacionales), evitar sanciones y optimizar tu carga tributaria. 

A continuación, te explicamos las principales regulaciones tributarias internacionales a las cuales debes adaptarte para superar todos los riesgos legales de la internacionalización, y así garantizar tu expansión exitosa y sostenible en mercados extranjeros:

  1. El impuesto adicional 
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El Impuesto Adicional es un impuesto que se aplica a las rentas de fuente chilena pagadas a personas naturales o jurídicas sin domicilio ni residencia en el país (es decir, extranjeras). Este impuesto, con una tasa general del 35%, afecta a las remesas de utilidades al exterior, incluyendo dividendos y otras rentas similares.

Consideraciones generales el impuesto adicional

Para las empresas chilenas con actividades comerciales en el exterior, es fundamental comprender las implicancias del impuesto adicional en diversas situaciones:

  • Remesas de utilidades a matriz extranjera:

En general, cuando una empresa chilena distribuye utilidades a su matriz en el extranjero, dichas remesas están sujetas al Impuesto Adicional con una tasa del 35% menos el crédito por impuesto de primera categoría pagado sobre dichas utilidades. 

  • Pagos por servicios prestados desde el extranjero:

Si una empresa chilena contrata servicios de una entidad extranjera, las remuneraciones pagadas pueden estar gravadas con el Impuesto Adicional (léase sobre la contratación de extranjeros en Chile). La tasa aplicable varía según el tipo de servicio y las disposiciones específicas de la Ley sobre el Impuesto a la Renta. En general, las remuneraciones por servicios prestados en el extranjero están sujetas a una tasa del 35%, salvo que se apliquen tasas reducidas para determinados servicios.

  • Pago por uso de software a proveedores extranjeros:

El pago por regalías a proveedores extranjeros se encuentra sujeto a una tasa general del 30%. En el caso particular de softwares, existen dos tratamientos específicos:

  • Si se trata de software estándar, puede estar exento del impuesto adicional, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos en la ley.
  • Si el software es hecho a medida, generalmente se aplica una tasa del 15% de Impuesto Adicional, que puede aumentar al 30% si el proveedor está en un país catalogado como paraíso fiscal o si existe una relación de propiedad significativa entre las partes.

Formulario 50 del SII

El impuesto adicional se declara y paga a través del Formulario 50.

El Formulario 50 del SII puede completarse en línea a través del sitio web del SII, en la sección "Servicios online", opción "Impuestos mensuales" y luego "Declaración mensual (F50)". Se deben registrar los montos brutos pagados al exterior y calcular el impuesto retenido según la tasa aplicable.

Aunque la presentación en línea es la más recomendada por su eficiencia, también es posible obtener el Formulario 50 en formato papel en las oficinas del SII. Una vez completado, se debe presentar en las instituciones financieras autorizadas para su procesamiento.

  1. Convenios para evitar la doble tributación 
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Los Convenios para evitar la doble tributación son acuerdos bilaterales que buscan coordinar el cobro de impuestos entre dos países y eliminar en lo posible la doble tributación.

Para facilitar que las empresas nacionales puedan expandir sus operaciones al extranjero, Chile ha suscrito múltiples convenios para evitar la doble tributación con países como Brasil, Estados Unidos, España, Portugal, Países Bajos, China, entre otros.

Los mayores beneficios de este tipo de regulaciones fiscales internacionales son:

  • Eliminación de la doble tributación: los convenios contienen la forma en que los países eliminarán (en lo posible) la doble tributación, ya sea entregando un crédito por impuestos pagados en el otro país o bien eximiendo las rentas extranjeras de impuestos.
  • Reducción de tasas impositivas: los convenios fijan además tasas máximas de retención en la fuente para pagos como dividendos, intereses y regalías, las cuales suelen ser inferiores a las tasas estándar aplicadas en ausencia de un convenio.
  • Certidumbre jurídica: al definir claramente las obligaciones fiscales en cada jurisdicción, los convenios brindan un marco legal estable, lo cual les permite a las empresas planificar sus inversiones chilenas en el extranjero con mayor seguridad.

Para aprovechar los beneficios de los convenios vigentes en Chile, las empresas deben acreditar su residencia fiscal y cumplir con los requisitos establecidos en el convenio pertinente. También, es clave revisar las disposiciones específicas de cada acuerdo, ya que pueden variar según el país y el tipo de renta involucrada.

  1. Precios de transferencias
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Precios de transferencias se refieren a los valores asignados a las transacciones transfronterizas de bienes y/o servicios entre empresas relacionadas. De acuerdo con estas normas, dichos valores deben respetar siempre el principio de plena competencia, es decir, deben ser valores similares a los que pactarían empresas independientes en circunstancias comparables.

Normativa tributaria chilena sobre los precios de transferencia

La regulación de precios de transferencia están contenidas en el Artículo 41 E de la Ley sobre el Impuesto a la Renta. Esta disposición faculta al SII para ajustar los precios, valores o rentabilidades de operaciones entre partes relacionadas cuando no se ajusten a los valores de mercado.

También, establece la obligación para los contribuyentes de mantener documentación que respalde que sus transacciones con partes relacionadas se realizan en condiciones de mercado.

¿Quiénes son partes relacionadas según el SII?

Para efectos de las normas de precios de transferencias se consideran partes relacionadas, por ejemplo cuando:

  • Una empresa participa directa o indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de otra.
  • Una misma persona o grupo de personas participa en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de dos o más empresas.

Formulario 1907: Declaración Jurada Anual sobre Precios de Transferencia

Una de las principales obligaciones en esta materia es la presentación de la Declaración Jurada Anual sobre Precios de Transferencia, conocida como Formulario 1907

Deben presentar el Formulario 1907 del SII los contribuyentes que, al 31 de diciembre del año informado, cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • Segmentos de medianas o grandes empresas: aquellos contribuyentes  que pertenezcan a estos segmentos y hayan realizado operaciones con partes relacionadas sin domicilio ni residencia en Chile, según lo establecido en el artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta. 
  • Otros contribuyentes con operaciones significativas: contribuyentes que, sin estar en los segmentos mencionados, hayan efectuado operaciones con partes relacionadas extranjeras que, en conjunto, superen los $500.000.000 (quinientos millones de pesos chilenos) o su equivalente en moneda extranjera al 31 de diciembre del año informado.
  1. Regulaciones fiscales internacionales sobre las inversiones chilenas en el extranjero
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Las empresas chilenas que deciden invertir en el extranjero deben cumplir con diversos requisitos legales que buscan asegurar una adecuada fiscalización y el cumplimiento de las normativas tanto a nivel nacional como internacional.

Registro de Inversiones en el Extranjero (RIE)

Las empresas con domicilio o residencia en Chile que posean inversiones en el extranjero están obligadas a inscribir dichas inversiones en el Registro de Inversiones en el Extranjero administrado por el SII. Este registro incluye detalles sobre la naturaleza, monto y ubicación de las inversiones, y es esencial para acceder a beneficios fiscales (como el crédito por impuestos pagados en el exterior). 

Estructura tributaria para adaptarse a las regulaciones fiscales internacionales

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En este contexto de globalización de los negocios se vuelve importante planificar una estrategia tributaria que les permita minimizar cargas fiscales, asegurar el cumplimiento normativo y optimizar las operaciones transfronterizas. 

Ten en cuenta que una buena estrategia tributaria te permite:

  • Aprovechar beneficios fiscales y evitar pagos innecesarios para poder mejorar la rentabilidad de las operaciones internacionales.
  • Cumplir con las leyes fiscales tanto nacionales como internacionales para evitar sanciones y litigios.
  • Agilizar la gestión de operaciones en múltiples jurisdicciones con la finalidad de reducir complejidades administrativas y costos asociados.

Para ayudarte con todo este ecosistema de fiscalización internacional, hemos diseñado el servicio legal Counsel. A través de este te proporcionamos un acompañamiento personalizado y especializado para que juntos diseñemos una estructura tributaria para tu empresa que sea altamente efectiva, ágil y rentable.

Pablo Mahu

Tax Counsel

Reconocido abogado y Counsel de Lexgo, experto en tributación chilena e internacional, precios de transferencia y reestructuraciones. LLM y Doctorando en Tributación Internacional.